Todo lo que necesitas saber sobre el ITP en Madrid

Descubre cómo el ITP en Madrid te permite acceder a una deducción de hasta 1.000€ anuales en tu alquiler si cumples los requisitos.

Actualizado en:
6/2/26
Resumiendo:
La deducción por alquiler en Madrid permite ahorrar hasta 1.000€ al año en la renta. Para solicitarla, es obligatorio presentar el ITP (modelo 600), aunque desde 2019 está exento de pago. Requisitos: menores de 35 años y renta inferior a 25.620€.

Existe una deducción no tan mediática y de origen autonómico con la que la personas que cumplan los requisitos, pueden beneficiarse de hasta 1.000€ al año de manera recurrente al incluirla en su declaración de la renta. ¿Sabes cuál es? La deducción por alquiler de Madrid que está muy pero que muy relacionada con el impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP). 

Contenidos:

La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.

¿Qué es el ITP?  

El ITP es un impuesto que ha de pagarse/presentarse de manera obligatoria cuando firmas un contrato de alquiler. Además, es obligatorio para el inquilino, no para el casero.

Se trata, además, de un impuesto complejo porque grava diferentes hechos imponibles, es decir, diferentes actos jurídicos, por lo que la doctrina lo divide fundamentalmente en tres impuestos diferenciados: 

  • Transmisiones patrimoniales: El cual grava todas aquellas transmisiones de bienes que no se encuentran gravados por el IVA 
  • Actos jurídicos documentados: Grava la formalización de determinados documentos notariales, mercantiles y administrativos. 
  • Operaciones societarias: grava la constitución, aumento y disminución de capital, fusión y disolución de sociedades.

¿Cuánto hay que pagar de impuesto de transmisiones patrimoniales en Madrid? 

Primeramente, destacar que el ITP debe pagarlo quien compra una propiedad, ya que el vendedor tributa después en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por las ganancias patrimoniales adquiridas. Esta transacción se realiza en la Oficina de Hacienda que corresponda al lugar donde se encuentra la casa.  

Además, hay que tener en cuenta que dependiendo de cuándo hayas firmado el contrato puedes tener algo que pagar o no, ya que, por ejemplo, en 2019 la Comunidad de Madrid lo dejó exento, es decir, tienes que presentar el modelo, pero no tienes que pagar nada. 

Tipos de gravamen y bonificaciones 

 Este tributo está cedido a las comunidades autónomas que aplican el tipo impositivo entre el 4 % y 10 % vigente en su territorio. Por lo que depende de cada comunidad.  

Además, existen bonificaciones o deducciones que mejoran más aún nuestro resultado final de la declaración. Como, por ejemplo, cuando es una compraventa de viviendas de protección oficial o la operación es efectuada por jóvenes o familias numerosas y/o con miembros con grado de discapacidad. 

Si te interesa mucho este tema y cuánto hay que pagar de ITP en cada CC.AA. hay un artículo en el que lo explicamos detenidamente.  

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 ¿En qué casos hay que pagarlo? 

Hay que pagar el impuesto y presentar la autoliquidación (modelo 600) en la administración autonómica donde esté situado el inmueble que es objeto de compra o alquiler. 

Tiempo para presentarlo 

El plazo de los 30 días hábiles siguientes a la compra del bien o firma de la escritura.  

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**Se incluyen hasta 3 declaraciones automáticas. La FED es un trámite distinto y puede requerir otros documentos.

Documentación 

La documentación necesaria para liquidar el impuesto es principalmente: 

  • Escritura pública y copia simple de constitución de sociedad a liquidar. 
  • Impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados (Modelo 600).
  • Etiquetas identificativas fiscales del transmitente y adquirente. 
  • Fotocopia del NIF de la sociedad. 
  • Fotocopia del DNI del administrador o representante de la sociedad. 
  • Autorización, cuando la solicitud no es presentada por el representante de la empresa.

El ITP relacionado con la deducción por alquiler en Madrid 

Si tu contrato es anterior a 2019 sí tendrás que pagar alguna cantidad de ITP y si es del 2019 o posterior no.  

En cualquier caso, nosotros te asesoramos, preparamos toda la documentación y te ponemos todas las facilidades para que el trámite quede hecho y puedas aplicar la deducción. Sólo tienes que mandarnos el contrato de arrendamiento y tu DNI, y nosotros nos encargamos del resto. Por lo que puedes respirar. 

Hacienda es muy estricta y obliga a presentar este trámite antes de aplicarse la deducción de alquiler, esto es, antes de presentar la declaración de la renta. Ya que, si te aplicas la deducción y no cumples este requisito, Hacienda te elimina la deducción por alquiler en Madrid y puedes perder hasta 1.000€. 

¿En qué consiste exactamente esta deducción? 

Esta deducción por arrendamiento de vivienda habitual de la Comunidad de Madrid es bastante sencilla de solicitar, pero no todo el mundo la conoce. 

Si una persona cumple con los requisitos que veremos posteriormente, se podrá beneficiar de esta deducción de hasta el 30% del total pagado por nuestro alquiler con un máximo de 1.000€.  Es decir, si pagamos al año unos 4.500€ de alquiler (375€ al mes), el 30% de la cantidad total serían 1.350€ y con esta deducción nos beneficiaríamos de 1.000€, el máximo. Si por el contrario pagamos 3.000€ de alquiler al año (250€ al mes), nos beneficiaríamos del 30% total: 900 euros. 

Requisitos que debemos cumplir para solicitarla 

Los requisitos para solicitar esta deducción son también bastante sencillos: 

  • El contribuyente debe ser menor de 35 años de edad a 31 de diciembre del año anterior. O tener entre 35 y 40 años pero estar desempleado y tener cargas familiares. 
  • La renta anual del contribuyente (la suma de la base imponible y la base del ahorro) no debe superar los 25.620€ si hace la declaración de manera individual o hasta los 36.200 si tributa de manera conjunta. Igualmente, la suma de la unidad familiar no puede ser superior a los 60.000€. 
  • Por último, el inquilino tiene que haber pagado de alquiler al menos el 20% del total de lo que haya ganado ese año. O, lo que es lo mismo, las cantidades abonadas por el arrendamiento de la vivienda habitual deben superar el 20% de esa suma de la base imponible y la base del ahorro. Por poner un ejemplo práctico: si tenemos unos ingresos anuales de 20.000€ y pagamos 350€ de alquiler cada mes, pagaremos al año un total de 4.200€. O lo que es lo mismo, un 21% de nuestro sueldo. Y, por tanto, sí que podríamos beneficiarnos de esta deducción. 

Dos requisitos adicionales con los que TaxDown ayuda a los contribuyentes 

Además de los requisitos anteriormente citados, la Agencia Tributaria obliga a los contribuyentes a cumplir otros dos criterios para poder solicitar la deducción. Al tratarse de criterios adicionales, desde TaxDown ayudan a sus clientes con la realización de estos trámites. 

  • En primer lugar, para aplicarse la deducción el contribuyente tiene que tener una copia del resguardo del depósito de la fianza que haya hecho su arrendador en la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid. Si el contribuyente no cuenta con esta copia, desde TaxDown, ayudan a los usuarios a conseguir esa copia o bien a presentar la denuncia correspondiente ante dicho organismo 
  • Y, en segundo lugar, liquidar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, un impuesto exento de pago desde el 6 de marzo de 2019 pero que igualmente es necesario presentar ante la Agencia Tributaria y con el que también TaxDown ayuda a sus clientes para poder presentarlo en tiempo y forma.

Preguntas frecuentes sobre el ITP y la deducción por alquiler en Madrid

Resolvemos las dudas más comunes sobre el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y cómo aprovechar la deducción por alquiler en la Comunidad de Madrid.

¿Qué es el ITP y quién tiene que pagarlo?

El ITP (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados) es un impuesto que debe presentarse obligatoriamente cuando firmas un contrato de alquiler. Es importante saber que este impuesto lo paga el inquilino, no el propietario. Desde marzo de 2019, en la Comunidad de Madrid está exento de pago, aunque sigue siendo obligatorio presentar el modelo correspondiente.

¿Cuánto puedo ahorrarme con la deducción por alquiler en Madrid?

Si cumples los requisitos, puedes beneficiarte de hasta 1.000€ al año de forma recurrente. La deducción es del 30% del total pagado por tu alquiler, con un máximo de 1.000€. Por ejemplo, si pagas 375€ al mes (4.500€ al año), podrías deducirte el máximo de 1.000€. Si pagas 250€ al mes (3.000€ al año), te deducirías 900€.

¿Qué requisitos necesito para solicitar la deducción por alquiler?

Debes cumplir tres requisitos principales: tener menos de 35 años (o entre 35 y 40 si estás en desempleo con cargas familiares), que tu renta anual no supere los 25.620€ en declaración individual o 36.200€ en conjunta, y que el alquiler represente al menos el 20% de tus ingresos anuales. Además, necesitas tener el resguardo del depósito de la fianza y haber presentado el ITP.

¿Tengo que pagar el ITP si firmé mi contrato después de 2019?

No tendrás que pagar ninguna cantidad, pero sí debes presentar el modelo obligatoriamente. Si tu contrato es anterior a 2019, sí tendrás que abonar el impuesto correspondiente. En cualquier caso, es fundamental presentar este trámite antes de aplicarte la deducción en tu declaración de la renta, ya que Hacienda es muy estricta con este requisito.

¿Cuánto tiempo tengo para presentar el ITP?

Dispones de 30 días hábiles desde la firma del contrato de alquiler para presentar la autoliquidación (modelo 600) en la administración autonómica donde esté situado el inmueble. Es importante no dejar pasar este plazo para evitar problemas con Hacienda.

¿Qué pasa si me aplico la deducción sin haber presentado el ITP?

Si te aplicas la deducción por alquiler sin haber cumplido el requisito de presentar el ITP, Hacienda te eliminará la deducción y podrías perder hasta 1.000€. Por eso es fundamental realizar este trámite antes de presentar tu declaración de la renta.

¿Es Madrid la comunidad con mejor deducción por alquiler?

Sí, la Comunidad de Madrid ofrece la deducción por alquiler para jóvenes con la cuantía más alta de toda España, llegando hasta los 1.000€. Otras comunidades como Valencia ofrecen 550€ o Castilla-La Mancha 450€. Incluso hay comunidades como Murcia o Aragón que no cuentan con esta ventaja fiscal.

Comparación con otras comunidades autónomas  

La Comunidad de Madrid es la que ofrece una deducción por alquiler para jóvenes con la cuantía más alta de toda España, quedando lejos de los 550€ que ofrece la Comunidad Valenciana ante las mismas condiciones o los 450€ de Castilla-La Mancha que podría llegar hasta los 612€ en el caso de municipios poco poblados. 

Sin embargo, otras comunidades autónomas como Murcia o Aragón ni siquiera cuentan con esta ventaja entre sus deducciones autonómicas, o solo para algunos casos concretos vinculados a determinadas operaciones de dación en pago. 

  En resumen, es una obviedad que es la deducción por alquiler de Madrid es la más generosa de toda España, pero, es cierto, que conlleva un trámite puramente administrativo. Con Taxdown tienes una oportunidad de convertir un proceso tedioso, como es el de este Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, en el más sencillo y fácil del mundo. Y encima llevarte 1.000 eurazos que no vienen nada mal. 

Autor
Equipo TaxDown
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