Cómo solicitar el voto por correo [2026]

Descubre cómo solicitar y enviar tu voto por correo de forma segura y sencilla si no puedes acudir a tu colegio electoral.

Actualizado en:
6/2/26
Resumiendo:
Si no puedes ir a votar el día de las elecciones generales en España, el voto por correo es tu solución. Puedes solicitarlo en Correos o de forma online con DNI electrónico. Te explicamos los pasos, plazos y qué hacer si estás en el extranjero.

Si planeas estar fuera de tu domicilio habitual el próximo 23 de julio, día de las elecciones generales en España, no tienes que perderte la oportunidad de ejercer tu derecho al voto.

El voto por correo para las elecciones es una opción segura y fácil de utilizar. Te explicamos cómo hacerlo y cómo podemos ayudarte.

Contenidos:

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Plazos para solicitarlo

Podrás solicitar el voto por correo desde el día en que se publicó el real decreto que convocó las elecciones.

Cómo pedir el voto por correo paso a paso

Solicitar el voto por correo es un proceso simple que puedes realizar desde cualquier oficina de Correos o de forma telemática en la web de Correos. Aquí te dejamos cada paso que debes seguir:

Recoger el impreso de solicitud:

Puedes hacerlo en las oficinas de Correos o presentar vía web la solicitud de voto por correo con el DNI electrónico o un certificado digital válido.

Indicar la dirección postal:

En el impreso, debes indicar a qué dirección quieres que se envíe la documentación electoral. Esta puede ser tu domicilio, tu lugar de trabajo o un apartado postal.

Recibir la documentación electoral:

La Oficina del Censo Electoral te enviará la documentación necesaria a la dirección indicada a partir del 3 de julio.

Preparar el voto

Una vez que hayas recibido la documentación, elige la papeleta de votación e introdúcela en el sobre de votación. Luego, introduce el sobre de votación y el certificado de inscripción en el censo dentro del sobre en el que está escrita la dirección de tu mesa electoral.

Enviar el voto

Lleva este sobre a una oficina de Correos, identifícate con el DNI o un documento análogo, y envíalo por correo certificado gratuito antes del 20 de julio.

¿Y si estás en el extranjero?

Si te encuentras de forma temporal o de vacaciones en el extranjero, puedes solicitar tu voto por correo hasta el 29 de junio. Solo necesitas cumplimentar el impreso de solicitud en el consulado o embajada del país donde te encuentres y estar inscrito en el registro de matrícula consular como no residente.

La documentación electoral se enviará a la dirección que indiques en la solicitud a partir del 3 de julio y deberás remitir tu voto por correo certificado no más tarde del día 20 de julio.

Preguntas frecuentes

¿En qué fechas puedo solicitar el voto por correo?

Puedes solicitar el voto por correo desde el día en que se publicó el real decreto que convocó las elecciones.

¿Puedo votar presencialmente si he solicitado el voto pero no lo he depositado?

No, si solicitas votar por correo y tu solicitud es aceptada, no podrás votar de manera presencial en tu mesa electoral el 23 de julio.

¿Es seguro votar por correo?

Sí, votar por correo es una opción tan segura como votar de manera presencial. Todos los votos son tratados con confidencialidad y se toman todas las medidas necesarias para garantizar que tu voto sea contado correctamente.

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Preguntas frecuentes sobre el voto por correo

Si tienes dudas sobre cómo votar por correo en las elecciones, aquí te resolvemos las preguntas más comunes de forma clara y sencilla.

¿Cuándo puedo solicitar el voto por correo?

Puedes solicitar el voto por correo desde el día en que se publica el real decreto que convoca las elecciones. Es importante que lo hagas con tiempo suficiente para recibir la documentación y poder enviar tu voto antes del plazo límite.

¿Dónde puedo solicitar el voto por correo?

Tienes dos opciones: puedes acudir presencialmente a cualquier oficina de Correos con tu DNI, o hacerlo de forma telemática a través de la web de Correos si dispones de DNI electrónico o certificado digital válido.

¿A qué dirección me enviarán la documentación electoral?

La documentación se enviará a la dirección que tú indiques en el impreso de solicitud. Puede ser tu domicilio habitual, tu lugar de trabajo o incluso un apartado postal. Tú eliges dónde te resulta más cómodo recibirla.

¿Hasta cuándo puedo enviar mi voto por correo?

Debes enviar tu voto por correo certificado gratuito antes del 20 de julio. Recuerda que tienes que hacerlo desde una oficina de Correos, presentando tu DNI o documento equivalente.

Si solicito el voto por correo, ¿puedo cambiar de opinión y votar presencialmente?

No, una vez que tu solicitud de voto por correo es aceptada, no podrás votar de manera presencial en tu mesa electoral el día de las elecciones. Por eso es importante que estés seguro antes de solicitarlo.

¿Qué hago si estoy en el extranjero?

Si te encuentras temporalmente fuera de España, puedes solicitar tu voto por correo en el consulado o embajada española del país donde estés, siempre que estés inscrito en el registro de matrícula consular como no residente. El plazo para solicitarlo es hasta el 29 de junio.

¿Es seguro votar por correo?

Sí, votar por correo es completamente seguro y tiene las mismas garantías que el voto presencial. Todos los votos se tratan con total confidencialidad y se aplican todas las medidas necesarias para asegurar que tu voto sea contado correctamente.

¿Qué documentación recibiré para votar por correo?

Recibirás las papeletas de votación, un sobre de votación, el certificado de inscripción en el censo y un sobre dirigido a tu mesa electoral. La Oficina del Censo Electoral te lo enviará a partir del 3 de julio a la dirección que hayas indicado.

Tranquilo, nos encargamos nosotros

Asi que ya sabes. Solicita tu voto por correo para ejercer tu derecho y si necesitas ayuda o tienes dudas, pregúntanos sin compromiso. En TaxDown estamos para hacerte todos los trámites administrativos fáciles, para que así te centres en lo verdaderamente importante: ¡disfrutar!

Autor
Equipo TaxDown
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